domingo, 19 de agosto de 2012

El derecho a Voto de los inmigrantes en España


a)      ¿Cuál es la regulación legal y el marco normativo del derecho de voto de   los extranjeros en España?, ¿pueden votar los extranjeros residentes en   España en los distintos tipos de elecciones (generales, autonómicas,  locales o europeas)?.

Para empezar a hablar del Derecho de los inmigrantes en España, habría que señalar que el marco normativo, como norma máxima de nuestro Estado, es la Constitución, la cual en su artículo 13 desarrolla los derechos de los extranjeros en España, y más concretamente en el artículo 13.2, dónde se reserva la participación de los inmigrantes a las elecciones municipales en los que haya acuerdos de reciprocidad.
La regulación legal es la ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, que marca las pautas de cómo han de celebrarse las elecciones a nivel europeo, a cortes generales y a corporaciones locales. En cuanto a las comunidades autónomas la disposición adicional primera de esta ley les autoriza a legislar su propia normativa electoral a los parlamentos autonómicos, aunque esta ley tiene carácter de supletoria en ellas.

Según el artículo 176.1 pueden votar en las elecciones municipales todos aquellos residentes extranjeros censados en España, siempre que haya un tratado internacional que les permita el mismo derecho a los españoles residentes en los otros países. También cuentan con este Derecho los ciudadanos de la Unión europea.

Habría que indicar que según el artículo 85.1 para votar estos extranjeros necesitarían acreditar su identidad con la tarjeta de residencia. Siendo requisito indispensable que esta está actualizada y pueda ser caducada o suspendida de su vigencia.

Para la elaboración del censo que les permita ejercer su derecho al voto, los extranjeros afincados en España deberán acreditar su, ya citada, carta de residencia y su intención de querer ejercer el Derecho al sufragio activo. Según el RD 202/1995 es necesario que se realice la solicitud de inscripción en el censo en el ayuntamiento donde se fuera a ejercitar este Derecho. En cuanto a la inscripción en el censo de ciudadanos de la unión europea comentar que fue a partir del año 1993 que se publicó el RD 2118/1993 que los ciudadanos europeos pueden ejercitar su voto en las elecciones municipales.

En las elecciones a la Unión Europea también pueden ejercer el Derecho al voto los extranjeros, miembros de la Unión, que se hallen censados en España. Pero en las elecciones a cortes generales y a las asambleas de las comunidades autónomas no podrán ejercer derecho al sufragio los extranjeros, ya que impera la norma de la ciudadanía española, únicos que pueden ejercer el derecho en esas elecciones.

Por tanto se concluye que los extranjeros residentes en España pueden ejercer su Derecho al voto si son ciudadanos de la Unión Europea en elecciones municipales y al parlamento europeo. Los extranjeros, cuyo país de origen tenga tratado internacional con España, que son Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú, podrán ejercer Derecho al sufragio en las elecciones municipales. Por último solo los nacionalizados españoles, ningún extranjero, podrán ejercer el derecho al sufragio en elecciones a cortes generales ni autonómicas.

b)     Argumentos a favor y en contra del reconocimiento del sufragio activo a los extranjeros en todo tipo de elecciones, especialmente en las consultas generales (al Congreso y al Senado). Conectar con las distintas posiciones mantenidas por los principales partidos españoles. Toma de posición personal al respecto.

Se podría decir que la inmigración en España ha bajado de las cuotas a las que habíamos gozado años anteriores. Parece ser que la discusión pública sobre los inmigrantes y su reconocimiento de derechos han quedado eclipsados por la crisis económica. Aún así no podemos dejar de tener presente, que España por el lugar geográfico que ocupa sigue siendo un lugar de recepción de inmigrantes muy importante. Por ello habría que evaluar el reconocimiento de los inmigrantes al sufragio en las elecciones españolas.

Parece que el argumento más fuerte a favor del reconocimiento del sufragio a los inmigrantes pasa por considerar que ya que trabajan y consumen en España, también habría que reconocerles derechos de participación política como si ciudadanos españoles se trataran. Al y al cabo, el inmigrante en España realiza trabajos y funciones en condición de igualdad con los ciudadanos españoles por lo tanto se les deberían de reconocer los mismos derechos y obligaciones. Parece ser, y así lo ha declarado un estudio realizado por Silvia Carrizo y María Paz Giambastiani sobre la participación de los inmigrantes en España, el 88,78% de los encuestados afirmó su interés en votar, a pesar de no tenerlo reconocido[1].

Sin embargo en ese mismo estudio se constataba, como argumento que se puede esgrimir en contra del reconocimiento de derecho al sufragio, que un 80,7% no participa en ninguna asociación intermedia de la política, y tan solo el 19,31% en asociaciones deportivas y culturales. Por lo tanto se podría declarar que la participación política de los inmigrantes sería bastante escasa, ateniéndonos a la realidad de las participaciones en organizaciones en las que ya tienen declarados sus derechos. Es decir, si no participan de asociaciones, se podría decir que su desafección política hace que tampoco se interesen en demasía a la participación en procesos electorales.

Aunque ante esta afirmación, ciertos colectivos de defensa de los inmigrantes esgrimen la opinión de que la participación electoral impulsará la participación en los asuntos públicos. En palabras de A. Tocqueville “el medio más poderoso y tal vez el único que nos queda para interesar a los hombres en la suerte del país en el que viven es el de hacerles partícipes de su gobierno”. Con esta máxima podríamos afirmar que en el momento en el que comiencen a sentir la obligación, y no solo el deseo, de votar también se les estará potenciando la participación política de manera autónoma.

En cuanto a la opinión que los diferentes agentes políticos tienen sobre el reconocimiento del derecho al sufragio en los inmigrantes, cabe señalar la opinión en primer lugar de los sindicatos en los que se aprecia un fuerte interés en que se les reconozcan los derechos políticos, ya que se les ha otorgado el derecho al trabajo. En palabras del secretario de inmigración de CCOO de Cataluña: “Los inmigrantes extracomunitarios tienen derecho a participar en terrenos de la sociedad civil como los sindicatos, las asociaciones vecinales y las asociaciones de padres y madres de alumnos pero no tienen derecho a la participación política”[2].

En cuanto a las opiniones de los partidos políticos comentar que los tres mayoritarios se encuentran de acuerdo en el sufragio activo de los inmigrantes, aunque no todos comparten las mismas formas ni procedimientos. No todos creen que se haya de hacer extensivo a todos los comicios y otros creen que la participación política de los inmigrantes ha de fortalecerse antes de obtener la plenitud en todos los procesos electorales que se celebren en España. Hay partidos que incluso se respaldan en la opinión de que no se puede hacer extensivo el derecho al sufragio en las elecciones generales y autonómicas ya que la constitución en su artículo 13.2 reserva este Derecho a los ciudadanos españoles. Teniendo por tanto que cambiar la Constitución antes de que este propósito se pueda llevar a cabo.

En cuanto a la opinión más valorada han de ser las de los tres partidos mayoritarios del espectro español. Es decir, hay que reseñar la opinión de la coalición de Izquierda Unida (IU), el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y el Partido Popular (PP), como máximos exponentes de la realidad política nacional.
En cuanto a la opinión de IU a este respecto es la de hacer extensiva el derecho a sufragio de todos los extranjeros a todas las elecciones que se celebren en España, sin diferenciación de la convocatoria o de la nacionalidad del inmigrante. Pero la apuesta más fuerte de IU pasa no solo por la participación en comicios sino con la facilidad y el fortalecimiento de la participación política en asociaciones y plataformas de diversidad que hagan incidencia en las políticas públicas de los gobiernos para favorecer la participación en la sociedad en general[3].

En cuanto a la opinión del PSOE a este respecto añadir que se apuesta mucho por la participación política de los inmigrantes no solo en las elecciones, sino que además habría que apostar por la creación de consejos representativos de la inmigración, desde los que se pudiera observar cómo evoluciona la opinión pública y la sociedad a este respecto. Añadiendo cauces de participación política encaminados a que los inmigrantes pudieran sentirse parte integrada e integradora del sistema español. Julia Torales del PSOE de Madrid, afirmó de la importancia de la participación política de los inmigrantes en las elecciones municipales, como garantía de sus derechos como personas[4]. Otros líderes del Partido socialista han dado explicaciones parecidas y justificaciones al voto del inmigrante como algo favorable para la sociedad. En este sentido señalar las palabras del ex-presidente de Andalucía Manuel Chávez que consideró que no se debería tener en cuenta el país de origen del inmigrante ni los acuerdos de bilateralidad para que se les reconozca el derecho al sufragio a los inmigrantes en España. En este sentido instó al parlamento europeo a tener en cuenta estos principios para permitirles en la Unión Europea el derecho al sufragio como línea de integración de las comunidades inmigrantes[5].

Por último citar las opiniones del PP a este respecto y que se pueden ver en las opiniones vertidas por el popular Pablo Gómez Tavira, el cual afirmó en el debate anteriormente citado con IU y PSOE, que en su partido se apuesta por la formación de asociaciones de inmigrantes que representen los intereses de los inmigrantes en la política, la cultura y la sociedad. También apostó porque éstos estuvieran presentes en las listas y organigramas de los partidos políticos, aunque siempre sin que llegaran a ser por ningún tipo de cuotas. También hizo extensivo el deseo de que se pasara de una inmigración que realiza los trabajos que los españoles no quieren realizar, por una inmigración que esté cualificada y preparada para el mercado laboral. De igual forma es la opinión de Encarnación Pastor, antigua consejera de inmigración y cooperación del gobierno balear, que afirmó: “a iguales obligaciones, iguales derechos”[6]. También recalcó la actividad de las Nuevas Generaciones en la integración del colectivo inmigrante en campañas municipales y la acción del Partido con listas que abogan por la diversidad.

Vistas las opiniones de los sindicatos y partidos políticos mayoritarios a este respecto, podríamos afirmar que es general la aceptación de los inmigrantes como sujetos activos de la política y podríamos integrarlos en el sistema de manera más plena. Pero contamos con la enorme barrera que es el artículo 13.2 de la constitución, por ello por ahora me atrevería a anunciar que todavía es necesaria mayor implicación de los inmigrantes en asuntos públicos y la creación de colectivos que generen opinión al respecto, sino no lo lograrán mientras haya separación entre los distintos colectivos de inmigrantes. Al final he de compartir la frase de Encarnación Pastor de “a iguales obligaciones, iguales derechos”. Si ellos se comportan como ciudadanos deberían de tener derechos de ciudadanos. Aunque la pregunta sería dónde está el límite entre ser ciudadano español y tener derechos políticos.

c)      Analizar las consecuencias políticas del reconocimiento del sufragio activo a residentes extranjeros en las consultas locales y generales. Infórmate  sobre el total de residentes extranjeros en España, su distribución geográfica y estudios, en su caso, de sus preferencias y orientaciones  políticas.

Para entender las consecuencias políticas que puede tener el extender el sufragio a todos los inmigrantes domiciliados en España, para cualquier convocatoria electoral, habría que empezar valorando la cantidad de personas que pasarían a aumentar el censo electoral. Según el Instituto Nacional de Estadísticas la población inmigrante en España es de 5.751.487[7] lo que significaría un aumento considerable del censo electoral. Esto supondría que los inmigrantes obtendrían un poder de decisión muy importante, si se estimara un voto en bruto y no se contara con los diferentes orígenes de estos inmigrantes, que los hace tener intereses distintos.

Ahora vamos a tomar el total de inmigrantes en España y vamos a distribuirlos por las comunidades autónomas, para comprobar hasta qué punto puede afectar la constitución del censo electoral en las elecciones autonómicas. Para ello nos apoyaremos en los datos del INE sobre la distribución de población inmigrante en las comunidades autónomas.
Total Extranjeros
Ambos sexos

   ANDALUCÍA
730.155
   ARAGÓN
171.193
   ASTURIAS, PRINCIPADO DE
50.399
   BALEARS, ILLES
242.812
   CANARIAS
307.009
   CANTABRIA
38.994
   CASTILLA Y LEÓN
172.816
   CASTILLA - LA MANCHA
232.735
   CATALUÑA
1.185.852
   COMUNITAT VALENCIANA
880.782
   EXTREMADURA
41.719
   GALICIA
110.468
   MADRID, COMUNIDAD DE
1.067.585
   MURCIA, REGIÓN DE
240.863
   NAVARRA, COMUNIDAD FORAL DE
71.600
   PAÍS VASCO
145.256
   RIOJA, LA
46.288
   Ceuta
4.928
   Melilla
10.033
Fuente: Instituto Nacional de Estadística

Tras consultar los datos nos damos cuenta que las comunidades autónomas que más verían crecer sus censos y por tanto mayor impacto tendría esta población inmigrante sería Cataluña y Madrid, seguido en menor medida por Andalucía y la Comunidad Valenciana. Por otro lado las que menos parece que notarían este impacto electoral sería Cantabria y Extremadura.

En cuanto al impacto por municipios vamos a observar que ocurriría en las comunidades donde el impacto es mayor. En Cataluña la población inmigrante se haya estructurada según el tamaño de los municipios de la siguiente forma:
Extranjeros
Ambos sexos
Capital
351.325
M. no capital. Menos de 101 hab.
72
M. no capital. De 101 a 500 hab.
6.365
M. no capital. De 501 a 1.000 hab.
12.086
M. no capital. De 1.001 a 2.000 hab.
18.207
M. no capital. De 2.001 a 5.000 hab.
49.408
M. no capital. De 5.001 a 10.000 hab.
73.721
M. no capital. De 10.001 a 20.000 hab.
123.456
M. no capital. De 20.001 a 50.000 hab.
216.891
M. no capital. De 50.001 a 100.000 hab.
117.566
M. no capital. De 100.001 a 500.000 hab.
216.755
Fuente: Instituto Nacional de Estadística

Como podemos observar parece que es mayor el impacto de inmigrantes en Barcelona y en municipios de entre 20.000 a 50.000 habitantes y de 100.000 a 500.000 habitantes. Por tanto se podría afirmar que el impacto de los inmigrantes en el censo electoral se vería pormenorizado, al incidir en la dispersión del voto en comparación con el resto de la población de los municipios.

En la comunidad de Madrid los datos son muy parecidos, aunque el aumento de población inmigrante es directamente proporcional al número de habitantes. No como ocurre en Cataluña que se produce un corte en los municipios de 50.000 a 100.000 habitantes considerable de casi la mitad de la población inmigrante en comparación con las variables anterior y posterior de número de habitantes.
Extranjeros
Ambos sexos
Capital
554.810
M. no capital. Menos de 101 hab.
28
M. no capital. De 101 a 500 hab.
673
M. no capital. De 501 a 1.000 hab.
2.109
M. no capital. De 1.001 a 2.000 hab.
4.724
M. no capital. De 2.001 a 5.000 hab.
16.907
M. no capital. De 5.001 a 10.000 hab.
35.309
M. no capital. De 10.001 a 20.000 hab.
36.714
M. no capital. De 20.001 a 50.000 hab.
54.513
M. no capital. De 50.001 a 100.000 hab.
116.141
M. no capital. De 100.001 a 500.000 hab.
245.657
Fuente: Instituto Nacional de Estadística

En este caso se aprecia que la mayoría de la población se encuentra en la capital y en los municipios se dispersa según el número de habitantes de una manera más o menos proporcional, por lo que se podría afirmar que el mayor impacto se encontraría en términos electorales sobre Madrid capital.
En cuanto para analizar el impacto que podrían tener estos inmigrantes a la hora de decidir en las elecciones, habría que considerar de manera general que nivel de estudios cuentan los inmigrantes en España. De esta manera podrá considerarse si pudieran ser fácilmente manipulables o si contarían con una formación suficiente que les permitiera decidir por ellos mismos tras un proceso de decisión crítica y razonada.

A continuación se reproduce un diagrama en el que se puede observar sobre el porcentaje total de inmigrantes en España el nivel de estudios alcanzados[8]:


Como podemos observar más de la mitad de los inmigrantes se encuentran con un nivel considerable de educación. El 73,2% posee más que educación primaria, y tan solo un 11,7% figura sin estudio ninguno. Esta estadística nos hace darnos cuenta de que el voto inmigrante podría llegar a ser un voto que no se diferenciara tanto del voto que ya emiten los españoles y que podría adaptarse al sistema electoral español.
Por último se va a analizar cuáles serían las preferencias políticas o el sesgo ideológico de manera más general de los inmigrantes en España. Para realizar esta comprobación se podría examinar los dos lugares dónde mayor impacto tendrían los inmigrantes si se les reconociera el voto. Por ello se van a mostrar los datos en Madrid y Barcelona como representativos de la realidad en la inmigración:
Ante la pregunta: ¿Qué partido votaría usted en las elecciones si tuviera derecho al voto? los resultados en Barcelona reflejan que una amplia mayoría votaría al PSOE, mientras que existe otra gran masa de inmigrantes que NS/NC. Esto nos puede dar una idea más o menos aproximada de a dónde se dirigirían los votos de los inmigrantes en la ciudad condal si se les reconociera el derecho al sufragio activo.

En cuanto a Madrid, ante la misma pregunta los datos serían los siguientes:
En este caso vemos un aumento considerable de votos al PP, aunque seguiría siendo el PSOE el que obtendría la mayor masa de votantes. Pero es característica la subida del partido más a la derecha en el análisis entre Madrid y Barcelona, porque nos hace pensar que los inmigrantes se adaptan bien a la intención de voto en las poblaciones donde viven, ya que el aumento parece coincidir con los partidos mayoritarios más extendidos en la zona dónde deberían ejercer su derecho al voto.
Por último podríamos afirmar que en la concepción española dentro del eje Izquierda/derecha la mayoría de los inmigrantes en nuestro país se identifica con la Izquierda, aunque de una manera más moderada tienden a buscar el centro. Al igual que la propia población española. Teniendo en cuenta las dos ciudades anteriores y en este caso ante la pregunta de ¿Ubíquese usted en una escala del 1 al 10, siendo del 1 al 4 izquierda y del 6 al 10 derecha? Observamos lo siguiente para Barcelona y Madrid[9]:

Como observamos la población ecuatoriana podría considerarse la más conservadora en la escala ideológica en comparación con otros países de inmigrantes en España. Llama la atención que en el caso de Barcelona se consideran los inmigrantes más de derecha que los propios ciudadanos autóctonos. En cuanto a Madrid es sorprendente la población marroquí que es casi completamente de izquierda, lo cual nos muestra una visión por parte de este colectivo de rechazo al gobierno madrileño.
Para concluir se podría afirmar a la vista de los datos que el reconocimiento del derecho de sufragio a los inmigrantes no alteraría mucho el panorama político actual español, aunque habría que indicar que el mayor beneficiario a corto plazo de este reconocimiento podría ser el PSOE pero también se observa que el nivel de estudios y la influencia del entorno político también condiciona al inmigrante como sujeto político, por lo que a un largo plazo la realidad española seguiría siendo la misma que actualmente existe.

  
d)     Referencias y fuentes consultadas.
·         CARRIZO, Silvia y GIAMBASTANI, María Paz: Derechos políticos de l@s inmigrantes: El desafío de Europa. Reflexiones para el debate de la asociación de mujeres inmigrantes “Malen Etxea”, sobre el derecho al voto. Guipúzcoa, 2010
·         EL PAÍS: Chaves se inclina por ampliar el derecho al voto de los inmigrantes sin tener en cuenta su origen. Sevilla, 19/10/2006.
·         EL PAÍS: Hay que impulsar el derecho al voto de los inmigrantes. Entrevista a Ghassan Saliba Zeghondi. San Sebastián 11/11/2006.
·         INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS. (recurso Web). http://www.ine.es/ (Consultada el 15 de marzo de 2012). Datos y estadísticas en España.
·         INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS: Informe encuesta nacional de inmigrantes (ENI-2007). Documento de trabajo 2/08. Madrid, abril de 2008.
·         JUNTA ELECTORAL CENTRAL. Normativa electoral para extranjeros en España (recurso web)  http://www.juntaelectoralcentral.es/portal/page/portal/JuntaElectoralCentral/JuntaElectoralCentral/NormElec#extranjeros. (Consultada el 13 de marzo de 2012)- Información sobre los acuerdos internacionales y la legislación básica del sufragio de los extranjeros residentes en España
·         LA RAZÓN: Baleares reclama el derecho a votar de los inmigrantes extracomunitarios. Palma, 18/10/2006
·         Ley orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general
·         MINISTERIO DEL INTERIOR. Infoelectoral (recurso web) http://www.infoelectoral.mir.es (consultada el 13 de marzo de 2012)- Información sobre los procesos electorales en España y sobre la legislación en materia de elecciones.
·         MORALES, Laura y SAN MARTÍN, Josep: ¿Cómo votarían los inmigrantes? Número 2/2011 de la revista “ZoomPolítico”. Laboratorio de la fundación alternativas, 2011.
·         Real Decreto 202/1995, de 10 de febrero, por el que se dispone la formación del censo electoral de extranjeros residentes en España para las elecciones municipales.
·         Real decreto 2118/1993, de 3 de diciembre, por el que se dispone la ampliación del censo electoral a los extranjeros nacionales de Estados miembros de la unión europea, residentes en España.
·         RED DE APOYO PARA EL DIÁLOGO INTERCULTURAL: Organizaciones políticas a favor de la participación de los inmigrantes. (recurso web) http://www.parainmigrantes.info/organizaciones-politicas-a-favor-de-la-participacion-de-los-inmigrantes/ (Consultada el 14 de marzo de 2012). Noticia online sobre un debate celebrado en Madrid el 19 de mayo de 2011 con representantes de la sociedad y del PP, PSOE e IU.


[1] CARRIZO, S. y GIAMBASTIANI, M.P.: Derechos políticos de l@s inmigrantes: El desafío de Europa.
[2] Entrevista del diario El País del 11/11/2006
[3] Información extraída de la opinión del miembro de IU, Mauricio Valiente Ots en el debate: “Diálogo político intercultural itinerante”, Madrid, 19 mayo 2011.
[4] Opinión de Julia Martínez Torales en la conferencia anteriormente citada.
[5] Manuel Chávez en la inauguración de las jornadas conmemorativas de los 75 años del sufragio femenino en España. El País (19/10/2006)
[6] Publicado en la Razón el 18/10/2006
[7] Datos extraídos del INE correspondientes a la revisión del Padrón municipal 2011.
[8] Diagrama extraído del boletín informativo del instituto nacional de estadísticas: “Cifras INE” 1/2009
[9] Cabe señalar que la siguiente tabla, al igual que las dos anteriores proceden de las encuestas realizadas por Localmultidem y Capsocinmig. Publicadas en la revista Zoompolítico en el 2º número de 2011, bajo el título: ¿Cómo votarían los inmigrantes?

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