lunes, 6 de septiembre de 2010

La discrecionalidad y la arbitrariedad administrativa

La discrecionalidad en derecho Administrativo es una potestad que nos indica cuando en un supuesto administrativo pueden darse varias soluciones, por ejemplo en el caso de construir un parking tu puedes elegir el tamaño y número de plantas que lo compondrán. Pues decidas que tenga dos o más plantas es una potestad propia de la administración que hace que sea justa y válida, ya que la administración siempre buscará la solución que mejor se adecue al interés general. Esta discrecionalidad da a la administración un margen de libertad, para que pueda ejercer sus decisiones de manera un tanto subjetiva.
La arbitrariedad por su parte está prohibida dentro de la administración, ya que aunque la discrecionalidad le da un margen de acción a la administración, esta siempre deberá actuar conforme a la ley. Por ello se dice que la administración es discrecional pero no arbitraria. Puesto que las decisiones que se toman desde el dominio administrativo están siempre enmarcadas en las leyes que lo regulan sin que se pueda por tanto faltar a ninguna ley.
Por tanto llegamos a la conclusión de que la discrecionalidad será reglada por las leyes para evitar que la subjetividad de la administración pueda faltar a lo demarcado en la Constitución y otras leyes. Por este motivo la administración podrá decidir subjetivamente, siempre y cuando no sea arbitraria.