Cual es el objetivo de esta organización, el fin o fines para el que se constituye esta organización político-militar, en el marco de la Europa y Norteamérica en el periodo de guerra fría:
Arreglar por medios pacíficos las diferencias internacionales en que los miembros de la Alianza pudieran verse envueltos, y abstenerse de ir contra la ONU.
La contribución de los miembros al desarrollo de las relaciones internacionales pacíficas y amistosas, tratando de eliminar cualquier conflicto en sus políticas económicas internacionales y estimulando la colaboración económica entre sí.
La cooperación defensiva y la asistencia mutua en cuanto objetivos centrales de la Alianza, como resulta lógico en un Pacto de carácter esencialmente militar.
En la actualidad han aparecido nuevos riesgos de diversa índole (tensiones generadas por graves dificultades políticas, económicas y sociales; disputas de carácter territorial, religioso o étnico), en el párrafo 24 del Nuevo Concepto Estratégico de la Alianza se precisa que todo ataque armado sobre el territorio de los aliados, venga de donde venga, se abordará con arreglo al art. 6 del Tratado de Washington:
“A efectos del artículo 5, se considerará ataque armado contra una o varias de las Partes, el que se produzca:
Contra el territorio de cualquiera de las Partes en Europa o en América del Norte, contra los departamentos franceses de Argelia (3), contra el territorio de Turquía o contra las islas bajo la jurisdicción de cualquiera de las Partes en la zona del Atlántico Norte al norte del Trópico de Cáncer.
Contra las fuerzas, buques o aeronaves de cualquiera de las Partes que se hallen en estos territorios, como en cualquier otra región de Europa en la que estuvieran estacionadas fuerzas de ocupación de alguna de las Partes en la fecha de entrada en vigor del Tratado, o que se encuentren en el Mar Mediterráneo o en la región del Atlántico Norte al norte del Trópico de Cáncer.”
Tras estas funciones principales que la OTAN debe cumplir se debe pensar también que existen fines específicos de cada uno de sus órganos que se explican a continuación:
- Órganos civiles:
Dentro de los numerosos órganos merece especial mención la asociación para la paz (APP), cuyo objetivo es: fomentar la transparencia en los presupuestos de defensa, el control democrático de los ministerios de defensa, la planificación conjunta, la realización de maniobras militares conjuntas y la posibilidad de operar con fuerzas de la OTAN en misiones de mantenimiento de la paz, salvamento y operaciones humanitarias. Así mismo, la OTAN se compromete a celebrar consultas a con cualquier Estado participante activo de la A.P.P. si éste percibe alguna amenaza directa contra la integridad de su territorio, su independencia política o su seguridad.
- Órganos militares:
En los órganos militares cabe destacar la importante labor que realiza la organización para evitar la proliferación de armas nucleares a través del comité de defensa nucleares y del grupo de planificación militar. Otro fin de la OTAN es vigilar que las armas nucleares de los estados miembros no tengan que utilizarse y además no permitir que estas armas se utilicen contra los propios estados miembros.
En este blog se publican ideas o reflexiones hechas por José Antonio De la Maza, Licenciado en ciencias políticas y de la administración y Bachiller en Teología. Espero les sean útiles.
miércoles, 2 de febrero de 2011
sábado, 13 de noviembre de 2010
Análisis del Estado de Bolivia
El Estado de Bolivia se divide en:
- Según el poder: Democrático
Bolivia es un país democrático, ya que los ciudadanos pueden participar en la política a través de: el referéndum, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Además se celebran elecciones periódicas por una legislatura máxima de 5 años, cumpliéndose una ley electoral y respetándose la separación de poderes.
- Según la religión: Laico
El Estado de Bolivia es Laico ya que la constitución dice en su artículo 4: “El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión”.
- Según la jefatura del Estado: República
Bolivia es una república porque el poder lo ostenta un presidente, actualmente Evo Morales, que es elegido por un periodo de 5 años con opción a ser reelegido por un segundo mandato solamente.
- Según la organización del Estado: descentralizado
En cuanto a la organización del Estado señalar que lo característico de Bolivia es que desde el año 2009 en el que se aprobó la nueva constitución, el país se proclama como un estado plurinacional, que divide en 4 partes la descentralización del país:
1. Gobierno autónomo departamental: Hay 9 órganos de este tipo en el país. Constituido como asamblea por los representantes de los departamentos. Tiene como función la de legislar, deliberar y fiscalizar en cada departamento. Su órgano ejecutivo reside en un gobernador que es elegido por sufragio universal.
2. Gobierno autónomo municipal: Hay 327 municipios en el país. Constituido como consejo municipal, tienen potestad para legislar, fiscalizar y deliberar en los municipios. Su órgano ejecutivo reside en el alcalde que es elegido también por sufragio universal.
3. Gobierno autónomo Regional: Hay 112 provincias, aunque no hay un solo gobierno autónomo ni formado solo por estas sino que este órgano está constituido por las provincias y municipios con continuidad geográfica, pero sin trascender a competencias departamentales. Tiene potestad deliberativa, fiscalizadora y normativo-administrativa en el ámbito regional.
4. Gobierno autónomo indígena originario campesino: Existen 1384 territorios que se autogobiernan por ser pueblos indígenas en territorios ancestrales que actualmente habitan.
Documentos utilizados:
- “Constitución política” de Bolivia de 2009.
- Página web de la biblioteca del congreso (consultada el 6 octubre de 2010): http://www.congreso.gov.bo/5biblioteca/index.html
- Según el poder: Democrático
Bolivia es un país democrático, ya que los ciudadanos pueden participar en la política a través de: el referéndum, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Además se celebran elecciones periódicas por una legislatura máxima de 5 años, cumpliéndose una ley electoral y respetándose la separación de poderes.
- Según la religión: Laico
El Estado de Bolivia es Laico ya que la constitución dice en su artículo 4: “El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión”.
- Según la jefatura del Estado: República
Bolivia es una república porque el poder lo ostenta un presidente, actualmente Evo Morales, que es elegido por un periodo de 5 años con opción a ser reelegido por un segundo mandato solamente.
- Según la organización del Estado: descentralizado
En cuanto a la organización del Estado señalar que lo característico de Bolivia es que desde el año 2009 en el que se aprobó la nueva constitución, el país se proclama como un estado plurinacional, que divide en 4 partes la descentralización del país:
1. Gobierno autónomo departamental: Hay 9 órganos de este tipo en el país. Constituido como asamblea por los representantes de los departamentos. Tiene como función la de legislar, deliberar y fiscalizar en cada departamento. Su órgano ejecutivo reside en un gobernador que es elegido por sufragio universal.
2. Gobierno autónomo municipal: Hay 327 municipios en el país. Constituido como consejo municipal, tienen potestad para legislar, fiscalizar y deliberar en los municipios. Su órgano ejecutivo reside en el alcalde que es elegido también por sufragio universal.
3. Gobierno autónomo Regional: Hay 112 provincias, aunque no hay un solo gobierno autónomo ni formado solo por estas sino que este órgano está constituido por las provincias y municipios con continuidad geográfica, pero sin trascender a competencias departamentales. Tiene potestad deliberativa, fiscalizadora y normativo-administrativa en el ámbito regional.
4. Gobierno autónomo indígena originario campesino: Existen 1384 territorios que se autogobiernan por ser pueblos indígenas en territorios ancestrales que actualmente habitan.
Documentos utilizados:
- “Constitución política” de Bolivia de 2009.
- Página web de la biblioteca del congreso (consultada el 6 octubre de 2010): http://www.congreso.gov.bo/5biblioteca/index.html
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lunes, 6 de septiembre de 2010
La discrecionalidad y la arbitrariedad administrativa
La discrecionalidad en derecho Administrativo es una potestad que nos indica cuando en un supuesto administrativo pueden darse varias soluciones, por ejemplo en el caso de construir un parking tu puedes elegir el tamaño y número de plantas que lo compondrán. Pues decidas que tenga dos o más plantas es una potestad propia de la administración que hace que sea justa y válida, ya que la administración siempre buscará la solución que mejor se adecue al interés general. Esta discrecionalidad da a la administración un margen de libertad, para que pueda ejercer sus decisiones de manera un tanto subjetiva.
La arbitrariedad por su parte está prohibida dentro de la administración, ya que aunque la discrecionalidad le da un margen de acción a la administración, esta siempre deberá actuar conforme a la ley. Por ello se dice que la administración es discrecional pero no arbitraria. Puesto que las decisiones que se toman desde el dominio administrativo están siempre enmarcadas en las leyes que lo regulan sin que se pueda por tanto faltar a ninguna ley.
Por tanto llegamos a la conclusión de que la discrecionalidad será reglada por las leyes para evitar que la subjetividad de la administración pueda faltar a lo demarcado en la Constitución y otras leyes. Por este motivo la administración podrá decidir subjetivamente, siempre y cuando no sea arbitraria.
La arbitrariedad por su parte está prohibida dentro de la administración, ya que aunque la discrecionalidad le da un margen de acción a la administración, esta siempre deberá actuar conforme a la ley. Por ello se dice que la administración es discrecional pero no arbitraria. Puesto que las decisiones que se toman desde el dominio administrativo están siempre enmarcadas en las leyes que lo regulan sin que se pueda por tanto faltar a ninguna ley.
Por tanto llegamos a la conclusión de que la discrecionalidad será reglada por las leyes para evitar que la subjetividad de la administración pueda faltar a lo demarcado en la Constitución y otras leyes. Por este motivo la administración podrá decidir subjetivamente, siempre y cuando no sea arbitraria.
sábado, 31 de julio de 2010
Los recursos administrativos
Si un reglamento vulnera sus límites formales o materiales se puede plantear un recurso contencioso-administrativo. Existen dos formas de realizar un recurso dependiendo de la forma en que se realiza:
• Recurso directo:
Este recurso se pone en práctica cuando se pretende impugnar un reglamento entero que vulnera el límite formal o sustancial de la potestad administrativa.
Cualquier persona que observe la nulidad del reglamento puede interponer la denuncia al tribunal superior correspondiente, tribunal supremo (a nivel nacional) o tribunal superior (en cada comunidad autónoma). Dependiendo del órgano que dictó el reglamento.
Tiene un plazo de dos meses desde que se publica en un boletín oficial, después de estos dos meses no se puede impugnar el reglamento. Se puede denunciar directamente, sin necesidad de recurrir un caso concreto, basta con denunciar el reglamento.
Los efectos de esta sentencia será siempre Erga Omnes, afectando a todo el reglamento, que deberá ser publicada en el mismo boletín dónde se publicó por primera vez para que la sentencia sea pública.
• Recurso Indirecto:
Este recurso se pone en práctica cuando se pretende impugnar una acción de un reglamento pero fundado en la invalidez de ese reglamento.
En este tipo de recursos tan solo pueden realizarlo las personas destinatarias de la acción reglamentaria y nunca un tercero interesado en la anulación del reglamento.
Tiene un plazo de dos meses desde que se notifica el caso en cuestión, por ello a diferencia del anterior este puede ser impugnado siempre que el reglamento siga vigente y sus actos activos.
Los efectos de esta sentencia será siempre inter partes, es decir, solo afecta al caso particular, en definitiva se circunscriben a las partes en litigio. Además el tribunal que reciba el recurso no podrá declarar nulo el reglamento, tan solo el caso aplicado particular.
• Recurso directo:
Este recurso se pone en práctica cuando se pretende impugnar un reglamento entero que vulnera el límite formal o sustancial de la potestad administrativa.
Cualquier persona que observe la nulidad del reglamento puede interponer la denuncia al tribunal superior correspondiente, tribunal supremo (a nivel nacional) o tribunal superior (en cada comunidad autónoma). Dependiendo del órgano que dictó el reglamento.
Tiene un plazo de dos meses desde que se publica en un boletín oficial, después de estos dos meses no se puede impugnar el reglamento. Se puede denunciar directamente, sin necesidad de recurrir un caso concreto, basta con denunciar el reglamento.
Los efectos de esta sentencia será siempre Erga Omnes, afectando a todo el reglamento, que deberá ser publicada en el mismo boletín dónde se publicó por primera vez para que la sentencia sea pública.
• Recurso Indirecto:
Este recurso se pone en práctica cuando se pretende impugnar una acción de un reglamento pero fundado en la invalidez de ese reglamento.
En este tipo de recursos tan solo pueden realizarlo las personas destinatarias de la acción reglamentaria y nunca un tercero interesado en la anulación del reglamento.
Tiene un plazo de dos meses desde que se notifica el caso en cuestión, por ello a diferencia del anterior este puede ser impugnado siempre que el reglamento siga vigente y sus actos activos.
Los efectos de esta sentencia será siempre inter partes, es decir, solo afecta al caso particular, en definitiva se circunscriben a las partes en litigio. Además el tribunal que reciba el recurso no podrá declarar nulo el reglamento, tan solo el caso aplicado particular.
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jueves, 22 de julio de 2010
Reflexión sobre: "la tolerancia en la sociedad vigilante"
El problema de la sociedad vigilante es que se basa en el miedo, ya que la naturaleza del hombre es ser malo, o esta es la filosofía que nos lleva a una sociedad con la necesidad de controlarlo todo. Por ello el Estado en la sociedad vigilante ha de ser un guardián que todo lo tenga más que controlado y evite que se escapen a su conocimiento las acciones de sus habitantes. Esto me hace pensar que lo mejor para lograr la tolerancia en la sociedad debería ser seguir el proyecto ya iniciado por Thomas Hobbes, el cual para acabar con ese impulso de la naturaleza nos propone una solución contra natura, que es un poder absoluto que rompa ese círculo vicioso . Pero entonces sería caer en una vuelta al antiguo régimen político en el cual un monarca absoluto nos gobierna de manera despótica. Por ello hemos decidido crear un sistema democrático en el cual los comercios, los políticos, las agencias (de marketing, de comunicación, políticas,…), etc. nos vigilan con la extraña función de que nos sintamos seguros en este régimen “tolerante”.
Aunque ahora se debe tener en cuenta esta aparente tolerancia porque como el propio Roiz nos indica somos la sociedad que puede “aceptar los derechos de una minoría, pero ello no implica que toleremos que nuestros hijos se hagan de esa minoría que nos aparece como legal” . Por tanto vemos que nuestra supuesta tolerancia choca de manera frontal contra nuestros principios morales, sentimos que esta democracia consiste en entregar una serie de Derechos a las minorías, pero sin embargo no nos gusta integrarlas en nuestra pequeña urbe. Legalmente somos una sociedad tolerante con las minorías, pero si estas nos llegaran a afectar o incurrir directamente preferimos obviarlas, en vez de integrarlas (lo cual sería una acción perfecta en una buena democracia), preferimos lavar nuestras conciencias con una serie de leyes y normas plasmadas en un código, que en definitiva regula nuestra conducta.
Nuestra sociedad es cada vez más vigilante, y aunque nos pese decirlo, cada vez más temerosa. O tal vez la paradoja sea la contraria, somos más temerosos de lo exterior o desconocido y por tanto más vigilantes. Lo cierto es que nos abrazamos a un clavo ardiente antes que querer conocer el exterior de nuestras ciudades (tanto internas, como externas) y por ello la política necesita de ídolos como instrumentos de ingeniería para mantener su statu quo.
Analizado todo esto debemos centrarnos en que si queremos llegar a ser una sociedad vigilante que concuerde con la tolerancia plena en un sistema democrático, lo primero que se debe conseguir es acabar con las obsesiones y las fobias que como indica Roiz: “las obsesiones y las fobias, a pesar de lo activas que resultan, no sólo no son pensamiento sino que impiden pensar”
Bibliografía base del análisis:
• ROIZ, Javier: Sobre la tolerancia en la sociedad vigilante. Publicado en: Utopía y praxis latinoamericana. Año 13. Nº 43 (Octubre-Diciembre de 2008). Págs. 103-118.
Bibliografía utilizada:
• ROIZ, Javier: El experimento moderno. Política y psicología al final del Siglo XX. Editorial Trotta, Madrid, 1992
• ROIZ, Javier: Sociedad vigilante y mundo judío en la concepción del estado. Publicado en: “Teoría política en la sociedad vigilante”. Foro interno. Nº 8 (Diciembre de 2008). Págs. 7-10
• TIERNO GALVÁN, Enrique. “Thomas Hobbes”, en Estudios de pensamiento político. Temas de ciencias sociales. Tucar ediciones. Madrid (España).
Aunque ahora se debe tener en cuenta esta aparente tolerancia porque como el propio Roiz nos indica somos la sociedad que puede “aceptar los derechos de una minoría, pero ello no implica que toleremos que nuestros hijos se hagan de esa minoría que nos aparece como legal” . Por tanto vemos que nuestra supuesta tolerancia choca de manera frontal contra nuestros principios morales, sentimos que esta democracia consiste en entregar una serie de Derechos a las minorías, pero sin embargo no nos gusta integrarlas en nuestra pequeña urbe. Legalmente somos una sociedad tolerante con las minorías, pero si estas nos llegaran a afectar o incurrir directamente preferimos obviarlas, en vez de integrarlas (lo cual sería una acción perfecta en una buena democracia), preferimos lavar nuestras conciencias con una serie de leyes y normas plasmadas en un código, que en definitiva regula nuestra conducta.
Nuestra sociedad es cada vez más vigilante, y aunque nos pese decirlo, cada vez más temerosa. O tal vez la paradoja sea la contraria, somos más temerosos de lo exterior o desconocido y por tanto más vigilantes. Lo cierto es que nos abrazamos a un clavo ardiente antes que querer conocer el exterior de nuestras ciudades (tanto internas, como externas) y por ello la política necesita de ídolos como instrumentos de ingeniería para mantener su statu quo.
Analizado todo esto debemos centrarnos en que si queremos llegar a ser una sociedad vigilante que concuerde con la tolerancia plena en un sistema democrático, lo primero que se debe conseguir es acabar con las obsesiones y las fobias que como indica Roiz: “las obsesiones y las fobias, a pesar de lo activas que resultan, no sólo no son pensamiento sino que impiden pensar”
Bibliografía base del análisis:
• ROIZ, Javier: Sobre la tolerancia en la sociedad vigilante. Publicado en: Utopía y praxis latinoamericana. Año 13. Nº 43 (Octubre-Diciembre de 2008). Págs. 103-118.
Bibliografía utilizada:
• ROIZ, Javier: El experimento moderno. Política y psicología al final del Siglo XX. Editorial Trotta, Madrid, 1992
• ROIZ, Javier: Sociedad vigilante y mundo judío en la concepción del estado. Publicado en: “Teoría política en la sociedad vigilante”. Foro interno. Nº 8 (Diciembre de 2008). Págs. 7-10
• TIERNO GALVÁN, Enrique. “Thomas Hobbes”, en Estudios de pensamiento político. Temas de ciencias sociales. Tucar ediciones. Madrid (España).
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viernes, 16 de julio de 2010
El Derecho de peticion
El Derecho de Petición está recogido en el artículo 29 de la Constitución española, consta de dos puntos: el primero dota de este derecho a todos los españoles, individual y colectivamente, ejerciéndolo por escrito y según las formas y efectos que determine la Ley ; el segundo punto reduce este derecho a su formalidad individual para los cuerpos militares, los institutos armados y los cuerpos sometidos a disciplina militar.
Gozar del Derecho de petición nos otorga el privilegio de poder presentar una solicitud verbal o escrita ante un órgano o individuo con el fin de requerir su intervención en un asunto concreto . Por tanto nos da a los ciudadanos la oportunidad de dirigirnos a nuestros gobernantes y presentarles asuntos a tratar u opiniones a sus respectivas gestiones. En concreto se pueden presentar las siguientes peticiones :
• Quejas: Solo cuando se pone en comunicación de los poderes públicos la mala administración de sus empleados o empleado, o se quiere poner de manifiesto la mala política tomada con fondos públicos hacia particulares
• Reclamos: Cuando se le exige al gobierno que rectifique ante la deficiencia o mala administración de un servicio público.
• Manifestaciones: Cuando se presentan a las autoridades la opinión sobre una materia sometida a actuación administrativa, de varios ciudadanos exigiendo que se tenga en cuenta.
• De información: Cuando se le solicita a las autoridades que den información de cómo han actuado y de que documentos han utilizado para tomar una decisión.
• Consultas: Cuando se le pide a las administraciones opinión sobre casos concretos de su ámbito de acción.
Este Derecho históricamente nace con el fin de acabar con las venganzas personales, es decir, acaba con la posibilidad de tomarte la justicia por tu mano. Antes de la aparición de este Derecho las personas tomaban la justicia como algo personal y eran ellos mismos los encargados de administrársela. Esto suponía un estado de caos y desorden público que era necesario remediar, ya que el orden jurídico se sentía impotente para lograr la efectividad del imperio del Derecho . Para acabar con esto se decide crear un aparato objetivo para la resolución de sus disputas, en el que las personas acudían a los poderes, a la autoridad del lugar, para que éste obligara al infractor a responder por los daños causados. Pero al entrar el régimen de autoridad, es ahora el gobernado el que acude a su gobernante para pedirle opinión o actuación en asuntos concretos. Cabe destacar que el gobernante no estaba obligado a dar solución a lo pedido, hasta que esta práctica no se constituyó como Derecho.
Se tiene constancia de esta garantía como derecho reconocido desde la edad media, sobre todo en el reino de Inglaterra, dónde la acción de este Derecho era fundamental. Además ya quedó plasmado indirectamente en la “Carta Magna” de 1215, casualmente en el artículo 29 (igual que en la constitución española). Tras una evolución en el tiempo y las formas, queda también reconocida, ya directamente, en la “Bill of Right” de 1689 (artículo 5).
En España, este derecho se empieza a contemplar en los borradores de las cortes de Cádiz de 1812. Sin embargo se plasma por primera vez en la constitución de 1837, en la cual se retira este derecho a las cortes y se le entrega a los españoles . Posteriormente todas las demás constituciones españolas (1845, 1869, 1931 y 1979) lo reconocerán como tal. Cabe destacar que en España este derecho se reconoce a ciudadanos nacionales y extranjeros, aunque a estos últimos se les ha reconocido tal privilegio a partir del año 1981, con la Ley 3/1981, y su artículo 10 que permite el Derecho de Petición “sin distinción de nacionalidad”.
La forma de realizar el Derecho de petición en España es por escrito y actualmente se acepta que se realicen ciertas peticiones por correo electrónico dándonos la oportunidad de abrirnos a las nuevas tecnologías de la información. En cuanto a la lengua utilizada en los escritos se admite cualquiera que esté normalizada en el estado español. Por último cabe señalar que el derecho de petición no se puede utilizar para vitalizar plazos ya cumplidos, ni derechos que hayan caducado , así como también se prohíbe que sirva para revisar situaciones ya definidas .
En cuanto al receptor de estas peticiones, el artículo 29 de la constitución no determina a quien van dirigidas, pero el artículo 77 señala que las cámaras pueden recibir peticiones por escrito y además obliga al gobierno a pronunciarse frente a las que a él se le envíen. Para facilitar la recepción y distribución de las peticiones en el congreso existe una comisión permanente que se encarga de remitir a cada órgano las peticiones que le llegan o si puede resolverlas la propia cámara lo hace y envía resolución a los firmantes de la petición . El Senado funciona en este respecto de manera muy similar, pero suele valorar la cámara antes que remitirla a otros órganos, como acostumbra a hacer el Congreso . En definitiva el artículo 2 de la L.O. 4/2001 otorga la condición de destinatario a cualquier poder o administración pública, así como a organismos públicos y cargos políticos. Cabe indicar que la figura del Rey queda excluida como receptora de este Derecho, al ser un poder meramente formal.
Los objetos de las peticiones pueden versar, según el artículo 3 de la anterior Ley, sobre cualquier asunto relacionado con las competencias del organismo receptor, con independencia de que afecten al peticionario o sean de interés general. Pero quedan excluidas de esta condición las quejas, sugerencias o solicitudes que estén reguladas por otro procedimiento específico.
Para que una petición sea válida debe contener los siguientes datos mínimos: identidad del solicitante, nacionalidad del mismo, lugar o medio requerido para la contestación y objeto y destinatario de la formulación. En el caso de peticiones colectivas deberá figurar además la firma y el apellido y nombre de todos los solicitantes. Pero se debe tener en cuenta que no se admitirán las peticiones, que: su objeto sea ajeno a las competencias del destinatario, las que requieran de un procedimiento distinto al de la Ley 4/2001 y aquellas cuya resolución deba amparase en una Ley específica distinta a la anterior.
Como protección jurisdiccional este Derecho cuenta con la posibilidad de recurrir su inadmisibilidad por el contencioso-administrativo, basándose en los artículos 114 y ss. De la Ley 29/1988. No obstante agotada la vía judicial se puede presentar recurso de amparo previsto en la Constitución en los artículos 53.2, 161.b y 164.1; y más detalladamente en el título III, artículos 41 a 58, de la Ley orgánica 2/1979 de 3 de Octubre del tribunal constitucional .
Para concluir me gustaría señalizar la aplicación de este Derecho a los militares, ya que como indica el artículo 29.2 de la constitución, estos quedan excluidos de este derecho a nivel colectivo, aunque individualmente si podrán ejercerlo . Pero además la Ley 85/1978, de 28 de Diciembre, la cual aprueba las Reales ordenanzas de las fuerzas armadas, exige al militar que en caso de tener alguna queja se debe comunicar de buen modo y a quien debiera de remediarlo (artículo 37), pero a su vez esta misma Ley le permite al militar acudir a su superior, sin necesidad de que sea el inmediato, para presentarle quejas o formalizaciones con el fin de mejorar el entendimiento entre las partes del ejército (artículo 202). Por último señalar las Leyes y sus artículos en los que se prohíbe la petición colectiva de los miembros de institutos armados, militares o cuerpos sometidos a esta disciplina: Art. 160 de la Ley 17/1999, del régimen del personal de las fuerzas armadas; artículo 15.2, de la Ley Orgánica 2/1986, de cuerpos y fuerzas de seguridad; artículo 99, de la Ley 42/1999, de régimen del personal del cuerpo de la Guardia Civil. Por tanto se observa lo importante que es preservar a los militares de ejercer este Derecho colectivamente, aunque como ciudadanos tienen el Derecho de ejercerlo de manera individual, gozando de las mismas garantías que los ciudadanos civiles.
Bibliografía referenciada:
- MARTÍNEZ CEVALLOS, Guillermo José: El Derecho de petición. Ed. Leyer. Bogotá, 2002.
- OTERO PARGA, Milagros: Los Derechos fundamentales y las libertades públicas. “La petición en el constitucionalismo español”. Ed. Ministerio de Justicia. Madrid, 1993.
- ROJAS TAFUR, Carola: El Derecho de petición en la jurisprudencia constitucional. Tesis de Grado. Ed. Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 1998.
- SUÁREZ ESCALONA, José Carlos: La nueva regulación del Derecho de Petición. Publicado en: www.forcupol.com/J.CARLOS/derechopeticion.pdf Consultado el 14 de junio de 2010.
Documentos jurídicos referenciados:
- Constitución española de 1978
- Ley 17/1999, de 18 de mayo
- Ley 2/1986, de 13 de marzo
- Ley 29/1988, de 13 de Julio
- Ley 3/1981.
- Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
- Ley 85/1978, de 28 de Diciembre
- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de Octubre.
- Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre.
- Reglamento del congreso de los Diputados
- Reglamento del Senado
- Sentencia del Tribunal supremo del 22 de Junio de 1973.
- Sentencia del Tribunal supremo del 28 de mayo de 1965.
Gozar del Derecho de petición nos otorga el privilegio de poder presentar una solicitud verbal o escrita ante un órgano o individuo con el fin de requerir su intervención en un asunto concreto . Por tanto nos da a los ciudadanos la oportunidad de dirigirnos a nuestros gobernantes y presentarles asuntos a tratar u opiniones a sus respectivas gestiones. En concreto se pueden presentar las siguientes peticiones :
• Quejas: Solo cuando se pone en comunicación de los poderes públicos la mala administración de sus empleados o empleado, o se quiere poner de manifiesto la mala política tomada con fondos públicos hacia particulares
• Reclamos: Cuando se le exige al gobierno que rectifique ante la deficiencia o mala administración de un servicio público.
• Manifestaciones: Cuando se presentan a las autoridades la opinión sobre una materia sometida a actuación administrativa, de varios ciudadanos exigiendo que se tenga en cuenta.
• De información: Cuando se le solicita a las autoridades que den información de cómo han actuado y de que documentos han utilizado para tomar una decisión.
• Consultas: Cuando se le pide a las administraciones opinión sobre casos concretos de su ámbito de acción.
Este Derecho históricamente nace con el fin de acabar con las venganzas personales, es decir, acaba con la posibilidad de tomarte la justicia por tu mano. Antes de la aparición de este Derecho las personas tomaban la justicia como algo personal y eran ellos mismos los encargados de administrársela. Esto suponía un estado de caos y desorden público que era necesario remediar, ya que el orden jurídico se sentía impotente para lograr la efectividad del imperio del Derecho . Para acabar con esto se decide crear un aparato objetivo para la resolución de sus disputas, en el que las personas acudían a los poderes, a la autoridad del lugar, para que éste obligara al infractor a responder por los daños causados. Pero al entrar el régimen de autoridad, es ahora el gobernado el que acude a su gobernante para pedirle opinión o actuación en asuntos concretos. Cabe destacar que el gobernante no estaba obligado a dar solución a lo pedido, hasta que esta práctica no se constituyó como Derecho.
Se tiene constancia de esta garantía como derecho reconocido desde la edad media, sobre todo en el reino de Inglaterra, dónde la acción de este Derecho era fundamental. Además ya quedó plasmado indirectamente en la “Carta Magna” de 1215, casualmente en el artículo 29 (igual que en la constitución española). Tras una evolución en el tiempo y las formas, queda también reconocida, ya directamente, en la “Bill of Right” de 1689 (artículo 5).
En España, este derecho se empieza a contemplar en los borradores de las cortes de Cádiz de 1812. Sin embargo se plasma por primera vez en la constitución de 1837, en la cual se retira este derecho a las cortes y se le entrega a los españoles . Posteriormente todas las demás constituciones españolas (1845, 1869, 1931 y 1979) lo reconocerán como tal. Cabe destacar que en España este derecho se reconoce a ciudadanos nacionales y extranjeros, aunque a estos últimos se les ha reconocido tal privilegio a partir del año 1981, con la Ley 3/1981, y su artículo 10 que permite el Derecho de Petición “sin distinción de nacionalidad”.
La forma de realizar el Derecho de petición en España es por escrito y actualmente se acepta que se realicen ciertas peticiones por correo electrónico dándonos la oportunidad de abrirnos a las nuevas tecnologías de la información. En cuanto a la lengua utilizada en los escritos se admite cualquiera que esté normalizada en el estado español. Por último cabe señalar que el derecho de petición no se puede utilizar para vitalizar plazos ya cumplidos, ni derechos que hayan caducado , así como también se prohíbe que sirva para revisar situaciones ya definidas .
En cuanto al receptor de estas peticiones, el artículo 29 de la constitución no determina a quien van dirigidas, pero el artículo 77 señala que las cámaras pueden recibir peticiones por escrito y además obliga al gobierno a pronunciarse frente a las que a él se le envíen. Para facilitar la recepción y distribución de las peticiones en el congreso existe una comisión permanente que se encarga de remitir a cada órgano las peticiones que le llegan o si puede resolverlas la propia cámara lo hace y envía resolución a los firmantes de la petición . El Senado funciona en este respecto de manera muy similar, pero suele valorar la cámara antes que remitirla a otros órganos, como acostumbra a hacer el Congreso . En definitiva el artículo 2 de la L.O. 4/2001 otorga la condición de destinatario a cualquier poder o administración pública, así como a organismos públicos y cargos políticos. Cabe indicar que la figura del Rey queda excluida como receptora de este Derecho, al ser un poder meramente formal.
Los objetos de las peticiones pueden versar, según el artículo 3 de la anterior Ley, sobre cualquier asunto relacionado con las competencias del organismo receptor, con independencia de que afecten al peticionario o sean de interés general. Pero quedan excluidas de esta condición las quejas, sugerencias o solicitudes que estén reguladas por otro procedimiento específico.
Para que una petición sea válida debe contener los siguientes datos mínimos: identidad del solicitante, nacionalidad del mismo, lugar o medio requerido para la contestación y objeto y destinatario de la formulación. En el caso de peticiones colectivas deberá figurar además la firma y el apellido y nombre de todos los solicitantes. Pero se debe tener en cuenta que no se admitirán las peticiones, que: su objeto sea ajeno a las competencias del destinatario, las que requieran de un procedimiento distinto al de la Ley 4/2001 y aquellas cuya resolución deba amparase en una Ley específica distinta a la anterior.
Como protección jurisdiccional este Derecho cuenta con la posibilidad de recurrir su inadmisibilidad por el contencioso-administrativo, basándose en los artículos 114 y ss. De la Ley 29/1988. No obstante agotada la vía judicial se puede presentar recurso de amparo previsto en la Constitución en los artículos 53.2, 161.b y 164.1; y más detalladamente en el título III, artículos 41 a 58, de la Ley orgánica 2/1979 de 3 de Octubre del tribunal constitucional .
Para concluir me gustaría señalizar la aplicación de este Derecho a los militares, ya que como indica el artículo 29.2 de la constitución, estos quedan excluidos de este derecho a nivel colectivo, aunque individualmente si podrán ejercerlo . Pero además la Ley 85/1978, de 28 de Diciembre, la cual aprueba las Reales ordenanzas de las fuerzas armadas, exige al militar que en caso de tener alguna queja se debe comunicar de buen modo y a quien debiera de remediarlo (artículo 37), pero a su vez esta misma Ley le permite al militar acudir a su superior, sin necesidad de que sea el inmediato, para presentarle quejas o formalizaciones con el fin de mejorar el entendimiento entre las partes del ejército (artículo 202). Por último señalar las Leyes y sus artículos en los que se prohíbe la petición colectiva de los miembros de institutos armados, militares o cuerpos sometidos a esta disciplina: Art. 160 de la Ley 17/1999, del régimen del personal de las fuerzas armadas; artículo 15.2, de la Ley Orgánica 2/1986, de cuerpos y fuerzas de seguridad; artículo 99, de la Ley 42/1999, de régimen del personal del cuerpo de la Guardia Civil. Por tanto se observa lo importante que es preservar a los militares de ejercer este Derecho colectivamente, aunque como ciudadanos tienen el Derecho de ejercerlo de manera individual, gozando de las mismas garantías que los ciudadanos civiles.
Bibliografía referenciada:
- MARTÍNEZ CEVALLOS, Guillermo José: El Derecho de petición. Ed. Leyer. Bogotá, 2002.
- OTERO PARGA, Milagros: Los Derechos fundamentales y las libertades públicas. “La petición en el constitucionalismo español”. Ed. Ministerio de Justicia. Madrid, 1993.
- ROJAS TAFUR, Carola: El Derecho de petición en la jurisprudencia constitucional. Tesis de Grado. Ed. Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 1998.
- SUÁREZ ESCALONA, José Carlos: La nueva regulación del Derecho de Petición. Publicado en: www.forcupol.com/J.CARLOS/derechopeticion.pdf Consultado el 14 de junio de 2010.
Documentos jurídicos referenciados:
- Constitución española de 1978
- Ley 17/1999, de 18 de mayo
- Ley 2/1986, de 13 de marzo
- Ley 29/1988, de 13 de Julio
- Ley 3/1981.
- Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
- Ley 85/1978, de 28 de Diciembre
- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de Octubre.
- Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre.
- Reglamento del congreso de los Diputados
- Reglamento del Senado
- Sentencia del Tribunal supremo del 22 de Junio de 1973.
- Sentencia del Tribunal supremo del 28 de mayo de 1965.
viernes, 25 de junio de 2010
Reflexion personal de:"critica de las ideologias"- Rafael Del Aguila
El autor:
He creído conveniente comenzar mi reflexión hablando del autor, ya que al ser una obra crítica este juega un papel fundamental para su comprensión. Por ello, y tras la lectura del libro he llegado a la conclusión de que podría englobarse a Del Águila en una corriente liberal crítica, ya que sus reflexiones sobre la opresión en cualquier ámbito (político, intelectual,…) me hace pensar que es liberal, pero además es una persona muy crítica incluso con los propios liberales.
Añadir también que el autor es un gran estudioso de la ciencia política, y además especialista en teoría política. Por ello, tras indagar en varios escritos suyos he observado que cree en una ciencia política normativa y de carácter dialógico, ya que gusta de crear normas que engloben el estudio de la política y además introduce siempre varias reflexiones de otros autores que parecen conversar o diluir las suyas propias. Por tanto se podría decir que la filosofía de Rafael Del Águila recupera la tradición de los Neo-aristotélicos.
El libro:
1. La era de la violencia idealista
En el primer capítulo muy acertadamente el autor nos ilustra que el S. XX ha sido una época muy convulsa y ha servido de escenario a un período de terror constante en la mayoría de países. A mí me llamó la atención los datos estadísticos en los cuales se observa que el comunismo ha acabado con una estimación de 85-100 millones de víctimas mientras que el nazismo hizo lo mismo con entre 20 y 30 millones . Estos datos son sorprendentes si se tiene en cuenta que históricamente y en la conciencia colectiva se le tiene más miedo a la ideología nazi que a la comunista, cuando esta última ha dado sepultura a una cantidad superior de seres humanos. Claro que el motivo de este temor hacia el nazismo vendría dado porque sus víctimas se produjeron en tan solo 12 años, frente a los 70 años que duró el comunismo. Si se quisiera obtener el número de muertos en un año, nos daríamos cuenta que en el comunismo morían 1,32 millones de personas al año, mientras que en la época del nazismo la cantidad era de 2 millones, casi 700.000 personas más al año . La forma de lograr esa diferencia anual sería con un sistema más violento y con una rapidez de exterminio superior, lo cual dejaría más marcada la herida y por tanto más terror en la opinión pública.
Sin embargo, y esto también está tratado en el libro, las personas de esos países apoyaron, al menos al principio, sus regímenes totalitarios. Esto se debe sobre todo a que los ideales despersonalizan ese número de muertos y a los que los ejecutan los convierten en personas que no piensan sus acciones, tan solo actúan por orden de un superior que a su vez obedece ordenes de superiores y así sin llegar a una persona final. Por tanto los habitantes de un país no son conscientes de estos asesinatos de estado o del terror que hay en la calle hasta que no les afecta directamente. Pude observar esta situación en una conversación entre la criada alemana y el juez encargado de hacer justicia en los juicios de Núremberg, dónde ella le respondía al Juez que no sabía lo que estaba ocurriendo en Alemania, y además en el caso de haberlo sabido que hubiera podido hacer .
La última explicación que obtengo de este capítulo es que el S. XX ha sido una era de asesinatos y terror por defender ideales puros. Por tanto la experiencia histórica nos demuestra que no deben existir ideales puros, ni debemos ser fanáticos de unas ideas universales, ya que estas no existen, siempre nacerán o se confrontarán nuestras ideas, nuestro ideario con el de otra persona. Por tanto debemos ser conscientes de que para mantener una perfecta convivencia todos los ideales deben respetar y ser respetados entre ellos. Sólo de esta forma evitaremos volver a repetir el funesto S. XX.
2. Emancipación: Revolución y utopía.
El autor nos sorprende en este capítulo con una reflexión que hemos oído centenares de veces: “La verdad vencerá”. Pero nos indica que al final esta frase será cambiada por: “lo que vence es lo verdadero”. Dándonos a entender que la historia la escriben los vencedores, y por tanto lo que nos parece cierto, tradicional o justo responde a unos orígenes que nada tiene que ver con la aproximación conceptual que podamos otorgar en la actualidad. Por tanto es posible que nuestros ideales en la actualidad, esos que tenemos interiorizados y que nos rigen en occidente, sean falsos frente a los que comparten otras culturas, sin embargo eso es lo que nuestros ideales han buscado siempre, poseer la razón y con ella el poder de convicción sobre los seres poseídos.
Pero uno de los problemas de nuestra sociedad actual, es que está muy influenciada por ideas maniqueas. Siempre se tiende a pensar en un bien y un mal absoluto, un blanco o un negro sin querer otorgarle a la paleta más colores que esos dos. Ahí es dónde se encuentra la radicalidad en el pensamiento, poseemos ideales absolutos y los concentramos en un lado del muro y al otro lado se encuentra otro muro que a su vez también posee ideales absolutos. Además de vez en cuando se enfrentan esos dos ideales con el fin de ver cuál de los dos vence, y por tanto es el cierto. Estas ideas están arraigadas en nuestra conciencia desde los albores de la humanidad, son ideas milenarias que han regido de siempre nuestra conciencia del mundo y nos han sido heredadas de la tradición de pensamiento judeocristiana.
En todos los lugares dónde convivan seres humanos habrá una ideología que gobierne el lugar, pero también puede surgir otra ideología o ideologías que vayan contra el poder establecido, entonces estaremos hablando de ideales revolucionarios. Estos son los que a través de una idea, intentan socavar con el statu quo y colocar otra ideología en la cúspide de la pirámide del poder, que al modo de entender revolucionario es más justo; y así será en función de que gane o pierda esa lucha con la ideología en el poder. Nacería por tanto un conflicto entre ideas, pero esas ideas por sí mismas no existen, sino es por la existencia de seres humanos en comunidad, por tanto son los seres humanos, y no las ideas en sí, los que se enfrentan, dando origen al conflicto social. Llegados a este punto, y enfrascado en esa lucha de ideas, es dónde debe aparecer la política. Pero la política como pacificadora de ese conflicto social. Aquí lo interesante es ver qué solución se da a cada conflicto social en referencia al tipo e intensidad de conflicto exista .
Claro que dentro de este conflicto social surge un problema que es si la política en cuestión de resoluciones del conflicto, debe o no debe ser ética. ¿Justifica el fin los medios con el único objetivo de procurar la paz? La respuesta no es fácil de obtener: porque si se respondiera que el fin justifica los medios, entonces por ejemplo, en un caso práctico, se vería justo el genocidio de Ruanda, ya que el conflicto concluiría con la matanza de todos los Tutsi por parte de los Hutus en la lucha por el poder, lo que se observa que es una aberración; pero si la respuesta fuera que el fin no justifica los medios entonces en el caso anterior la política internacional tendría que haber resuelto el conflicto antes de que esto ocurriera, o por lo menos haber intervenido antes evitando que 275.000 tutsis fueran aniquilados, podría haberse evitado el 25% de muertes en el conflicto.
Como se observa, la política lo único que puede lograr es minimizar el conflicto pero rara vez acaba con él. Por ello en algunas ocasiones nos encontramos con la siguiente paradoja: la ética sirve para que los seres humanos actúen de una manera particular, por tanto es constructora de almas; pero si mi ética choca con la de mi vecino entonces se generará una violencia que intentará que mi ética prevalezca sobre la del otro, y por tanto legitime que mis acciones éticas son las justas; pero al caer en esa lucha nos encontramos con una pérdida de ética, aunque los vencedores piensen que sus acciones son éticas por el mero hecho de haber ganado, en la lucha sempiterna del conflicto social, lucha que se gana temporalmente ya que la historia nos demuestra que el que hoy ganó (gobierna) mañana puede perder (ser gobernado por otro).
3. Autenticidad: Identidades, etnicidad y fundamentalismo
Una vez que una ideología ha alcanzado su meta, el poder para intentar transmitir a todos los demás su verdad universal, nos encontramos con que esa ideología debe dar autenticidad a sus acciones, debe legitimarse para justificar todas y cada una de sus obras, éticas o no, para que el resto de las personas vean lo cierta que es esa idea gobernante.
Para lograr autenticidad en una idea, es necesario un apoyo intelectual, grandes pensadores deberán dar una base más o menos científica a la acción de la ideología. Pero también existirán los que se opongan a esas ideas. Por ejemplo el autor nos habla de que han de existir lazos que unifiquen a todos los individuos de una nación, es decir, se buscaran conceptos como la religión, la raza, la historia, etc.…, para que la ideología sea única entre todos. Por tanto daría autenticidad a los que la practicaran. De esta forma nacerán ideas como: el nacionalismo radical (somos superior al resto porque nos avalan unas señas propias), el racismo fascista (nuestra raza es superior), la ferocidad identitaria (estamos en posesión de la verdad porque nuestra identidad nos hace superior), el fundamentalismo cristiano o musulmán (Somos el pueblo de Dios y por ello los elegidos).
Pero construir esas ideas, esos odios hacia otras razas, religiones, naciones,…, nace de pensadores que tienen que legitimar las acciones de los gobernantes. La mayoría de estas ideologías no están en el ser humano, sino que son artificio de este para lograr la supremacía del individuo. Por ello pueden existir pensadores que se opongan a esta forma de actuar. Por ejemplo el nazismo necesitó de muchos ideólogos que defendieran la supremacía de la raza Aria, que justificaran el exterminio de judíos, polacos, gitanos, etc. y que permitieran matanzas y exterminios, así como una era de terror controlada desde las SS y las SA. A la par que estos intelectuales se ocupaban de tomar el poder, existían otros que luchaban por que las otras ideas no fueran las verdades universales. Estos autores fueron importantes para resistir el indiscriminado ataque a la libertad que asolaba Europa durante la II guerra mundial. Creo de recibo nombrar algunos de ellos para que sus nombres figuren en la memoria de los que resistieron la tentación de que sus ideas fueran superiores a las del resto, entre ellos se destacan: Raymond Aron, Isaiah Berlin, Karl Popper, Norberto Bobbio, Jan Patocka, Theodor W. Adorno, Hannah Arendt y Theodor Eschenburg .
Gracias a autores como los anteriores, y a muchos más que se me quedan en el tintero, se logró no sólo que durante la II Guerra Mundial se conservara la idea de que todas las ideas sin supremacía exclusiva estaban admitidas y que después de acabar el conflicto militar-intelectual, se tuvieran como referente de construcción de una nueva concepción humanista, en las cuales la libertad de todos, en todo su ámbito, sobrepasaba a las ideas de unos cuantos intelectuales ansiosos de poder.
Sin embargo debemos ser conscientes de que en la actualidad aún somos conscientes de grupos religiosos que creen ser superiores, y autentifican su superioridad por ser el pueblo de Dios. Esta afirmación se les puede achacar desde a los fundamentalistas cristianos hasta a los fundamentalistas musulmanes, pasando por los fundamentalistas judíos (que el autor del libro parece obviar). Estos fundamentalistas religiosos son los que en la actualidad mantienen esas ideas de superioridad.
Los puritanos cristianos son capaces de cambiar leyes y de crear grandes movimientos de masificación para cambiar leyes que a su modo de entender consideran injustas, llámense ley del aborto, eutanasia, matrimonio homosexual, etc., intentan que su religión recaiga en la conciencia colectiva y encima castigar a los que van en contra de sus creencias. En el mundo musulmán la cosa no difiere demasiado, aunque más radicales, poseen mecanismos terroristas que lleven sus ideas a fuerza de fuego alrededor del mundo. Ellos con su cruzada particular quieren que todos crean en su Dios, sin importar cuánta sangre se derrame, incluso de sus propios creyentes, menos radicales. Por último se debe indicar la tercera en nombrarla, la primera históricamente, que es el judaísmo. Esta religión, aunque no está tratada en el libro, nos deja entrever que ellos son el pueblo de Dios, por ello no necesitan del resto de los mortales para llevar a cabo sus ideas. Un judío de los llamados ortodoxos, defendería con un racismo feroz, que su comida ha de ser coché, sus ropas especiales, sus oraciones continuas y su raza tan superior que se permitiría la ocupación de Palestina en pro de su sagrado estado de Israel.
Como vemos estos fundamentalismos religiosos poseen el interés de crear leyes y estados en los cuales ellos tengan la supremacía y el control total de sus habitantes, así como de sus posesiones. Desde el estado de Israel hasta el de Arabia Saudí, pasando por el Vaticano, todos crean un códice que les permite controlar en Derecho a sus fanáticos religiosos, además poseen mecanismos de control para que sus seguidores no se apartaran de la “verdadera fe”. Por tanto estaríamos hablando de lo que Rousseau llama el Derecho del más fuerte, ya que él afirma que el más fuerte deberá crear Derecho para que su poder sea siempre el mejor, el que permanezca intacto .
4. Democracia: Civilizar y globalizar.
Al hablar de la democracia, el autor comienza desde sus orígenes teóricos y acusa a los padres de racistas, es decir, comienza ilustrándonos que la democracia desde sus orígenes ya estaba corrompida de prejuicios hacia el resto. Esto es cierto, pero yo me he atrevido a hacer distinción entre dos tipos de autores dentro de este racismo: los que no conocían lo que criticaban y los que sí lo conocían. De esta forma nos encontramos con autores que creían que las demás razas diferente a la suya eran inferiores pero que jamás habían conocido a nadie de otra raza, por lo tanto sus creencias se basaban en documentos leídos e influencia de la opinión pública de la época, estos autores sería: David Hume o Inmanuel Kant, en el caso de los negros y tropicales, y James Mill en el caso de los Indios .
Después de estos vendrían los que sí conocieron y convivieron con otras razas, e incluso las ayudaron a independizarse, pero que no las admitían como iguales. Es el caso de los autores de la enciclopedia británica, los cuales habían convivido en las colonias con otras razas; Thomas Jefferson, gran defensor anti-esclavitud de los negros pero que a la vez es un gran crítico con los de esta raza; Hegel, critica la pereza de los indígenas sudamericanos los cuales han de ser esclavos por los europeos, que los trataran mejor que ellos mismos ; o John Stuart Mill, el cual cree que a otras razas no blanca no se le puede dar libertad. Pero se ha de abogar también por estos autores e indicar que ellos, aunque adelantados en sus filosofías, fueron esclavos de su tiempo.
De todas formas se debe señalar que estos autores pensaban, como ya se ha dicho por esclavitud a su época, que lo que decían era por el bien de las otras razas, ya que ellos buscaban una justificación humanitaria a las conquistas coloniales: “Vamos a civilizarlos”. De esta forma justificaban las acciones radicales que sus gobiernos realizaban en aquellos continentes que ocupaban y en aquella población autóctona que diezmaban. Lo que ocurrió que las ideas que estos autores tan iluminadamente sembraron en la época colonial, sirvió para que se diera lugar una I y II Guerra Mundial, la cual buscaba entre otras cosas, el control colonial. Dando lugar a los totalitarismos del S.XX.
Pero la idea de los intelectuales a la hora de llegar y conquistar el nuevo mundo era la de desposeer a los bárbaros de su condición de salvajes, ellos transmitían el don de humanidad a los conquistados. Cómo indica Sepúlveda, ellos son generosos a la hora de conquistar ya que las costumbres bárbaras son “contrarias al Derecho natural” y por tanto corresponde a ellos el darles un código que les permita subsistir a favor de la naturaleza y sus designios.
Lo mismo ocurrió en la conquista del oeste norteamericano. Los conquistadores llevaban desde la costa este de los Estados Unidos hasta la costa oeste un avance territorial, pero a la vez un triunfo de sus fronteras, ya que consideraban afortunados a los territorios indios que al ser destruidos entraban al amparo de la todo protectora democracia estadounidense. Para los americanos el extender su frontera de una costa a otra de Norteamérica suponía un avance territorial y político importantísimo, pero también lo consideraban un acto de civilización extremo que conseguía enseñar a los bárbaros la democracia y el progreso. Ellos creían en la necesidad moral de transmitir sus ideales a esos pueblos “subdesarrollados” de ahí que Jefferson apoyara el exterminio de esos pueblos que eran inferiores al americano. Él proponía transmitir la civilización con la paz pero si ellos levantaban el hacha de guerra serían exterminados .
Este pueblo americano se cree superior al resto por su progreso científico-cultural, pero se asemeja mucho su racismo al del antiguo pueblo israelita, ya que si se analiza con atención se puede observar que, pese a que es una sociedad laica, los discursos políticos poseen una fuerte carga religiosa. Pero se debe señalar que la mayoría de los textos que figuran en los discursos de Bush recogidos en este libro hacen referencia a textos del antiguo testamento, y por tanto son anteriores a la revelación (Jesucristo). Al ser anteriores nos asemejan a una sociedad más judaica que protestante, ya que estos últimos consideran más sagrados los textos del nuevo evangelio que del antiguo. Además la imagen que intentan transmitir es la del Dios furioso y celoso de su pueblo, cosa esta que Jesús transforma al hablar de Dios. Bush y la política americana nos habla de la venganza de Dios si no se cumplen sus designios (actitud poco cristiana, pero que sirve para acercar a las personas a ciertas decisiones) sin embargo Jesús nos habla de todo lo contrario: Dios es amor . Sin embargo prefieren hacer una interpretación de las Sagradas escrituras a favor del gobernante, de esta forma legitiman acciones que van contra la voluntad de Dios.
Llegados a este punto y para concluir con las reflexiones en materia de religión, me gustaría apuntar dos críticas al autor del libro: en primer lugar la utilización de textos del Corán para hacer la crítica del fundamentalismo cristiano , pudiendo utilizar las de la propia Biblia; y en segundo lugar la utilización durante toda su obra de la palabra Dios en minúscula, mientras que Iahvé ha sido utilizado siempre en mayúscula, siendo ambos sinónimos y haciendo referencia al mismo Ser.
5. Modernidad y democracia: Un ajuste de cuentas
En este capítulo cabe señalar el magnífico análisis que hace el autor al señalar la fuerza que tiene la burocracia como máquina de dominación. Como ya se señaló al principio de esta reflexión, el crear una maquinaria sirve para desposeer al individuo de responsabilidad y por tanto otorga a la política una acción completamente deshumanizada, permitiendo que técnicos se encarguen de realizar obras que puedan suponer la muerte o asesinato de personas sin que sean conscientes de ellos. De esto nos enseñaron mucho los ya comentados Nazis y comunistas de la URSS.
Es muy interesante a su vez, el estudio que realiza Rafael Del Águila al hablar de la razón en Max Weber, ya que termina dando por conclusión que el uso de la razón material y formal logra que se pierda paulatinamente la cultura . Además se observa que a más razón menos libertad , y eso se puede observar hoy en día en la sociedad. Como diría Agamben, refiriéndose a que un campo de concentración es “la matriz oculta, el nomos del espacio político en que vivimos todavía” .
6. Políticas de mesura.
Para concluir este libro no podía haber sido más acertado el autor, ya que nos enseña lo que todos teníamos en nuestra mente. Después de ver lo malo que tienen las ideologías, lo peligroso de seguir unos ideales y hacerlos universales, llevarlos al borde de nuestra vida, nos demuestra que la solución que nos evitaría tener que repetir los errores que han convertido el Siglo XX en el peor de la historia de los ideales es el de crear políticas de mesura. Es decir, resolver el conflicto social que nace de la confrontación de ideologías sería el de realizar políticas de mesura. Además estas decisiones se englobarían en una democracia como un principio de importancia máxima, otorgando a los gobernantes el paralizante de no deber realizar acciones que favorezcan una ideología en pro de dejar otra de lado, sino que deben buscar el punto justo, para que en sus acciones estén todas las ideas representadas y respetadas, por muy minoritaria que estas sean. Por tanto debemos ser democráticos y respetar para ser respetados y si todas las personas que conviven en un estado respetan que las ideologías de los demás estén en fraternidad con las suyas propias, sin pensar en cual es superior o intentar acabar con la contraria, podríamos decir, al contrario de Michael Mann, el ethnos no asesinó al demos, sino que el demos favoreció la existencia del ethnos y ambos aprendieron a sobrellevarse en nuestra sociedad. Pero hasta entonces todo es utopía.
Bibliografía utilizada:
• DAHRENDORF, Ralf: La libertad a prueba. Los intelectuales frente a la tentación totalitaria. Ed. Totta, 2009
• DEL ÁGUILA, Rafael: Crítica de las ideologías. El peligro de los ideales. Ed. Taurus, 2008
• ENCICLOPEDIA: “Gran Espasa Universal”, Ed. Espasa Calpe, 2008
• KUPERMAN, A.: "El genocidio de Ruanda, una reconsideración", Política Exterior, número 74, año 2000.
• MARTÍNEZ PUCHE, José A.: Evangelio 2010. Ed. Edibesa, 2009.
• ROCHER: manual de sociología. Ed. Ariel, 2001
• ROUSSEAU, Jean-Jacques: El contrato social. Ciencias y humanidades. Ed. Austral, 2007
Filmografía referenciada:
• KRAMER, Stanley: Vencedores o vencidos (También traducido como Los Juicios de Núremberg). EEUU, 1961
He creído conveniente comenzar mi reflexión hablando del autor, ya que al ser una obra crítica este juega un papel fundamental para su comprensión. Por ello, y tras la lectura del libro he llegado a la conclusión de que podría englobarse a Del Águila en una corriente liberal crítica, ya que sus reflexiones sobre la opresión en cualquier ámbito (político, intelectual,…) me hace pensar que es liberal, pero además es una persona muy crítica incluso con los propios liberales.
Añadir también que el autor es un gran estudioso de la ciencia política, y además especialista en teoría política. Por ello, tras indagar en varios escritos suyos he observado que cree en una ciencia política normativa y de carácter dialógico, ya que gusta de crear normas que engloben el estudio de la política y además introduce siempre varias reflexiones de otros autores que parecen conversar o diluir las suyas propias. Por tanto se podría decir que la filosofía de Rafael Del Águila recupera la tradición de los Neo-aristotélicos.
El libro:
1. La era de la violencia idealista
En el primer capítulo muy acertadamente el autor nos ilustra que el S. XX ha sido una época muy convulsa y ha servido de escenario a un período de terror constante en la mayoría de países. A mí me llamó la atención los datos estadísticos en los cuales se observa que el comunismo ha acabado con una estimación de 85-100 millones de víctimas mientras que el nazismo hizo lo mismo con entre 20 y 30 millones . Estos datos son sorprendentes si se tiene en cuenta que históricamente y en la conciencia colectiva se le tiene más miedo a la ideología nazi que a la comunista, cuando esta última ha dado sepultura a una cantidad superior de seres humanos. Claro que el motivo de este temor hacia el nazismo vendría dado porque sus víctimas se produjeron en tan solo 12 años, frente a los 70 años que duró el comunismo. Si se quisiera obtener el número de muertos en un año, nos daríamos cuenta que en el comunismo morían 1,32 millones de personas al año, mientras que en la época del nazismo la cantidad era de 2 millones, casi 700.000 personas más al año . La forma de lograr esa diferencia anual sería con un sistema más violento y con una rapidez de exterminio superior, lo cual dejaría más marcada la herida y por tanto más terror en la opinión pública.
Sin embargo, y esto también está tratado en el libro, las personas de esos países apoyaron, al menos al principio, sus regímenes totalitarios. Esto se debe sobre todo a que los ideales despersonalizan ese número de muertos y a los que los ejecutan los convierten en personas que no piensan sus acciones, tan solo actúan por orden de un superior que a su vez obedece ordenes de superiores y así sin llegar a una persona final. Por tanto los habitantes de un país no son conscientes de estos asesinatos de estado o del terror que hay en la calle hasta que no les afecta directamente. Pude observar esta situación en una conversación entre la criada alemana y el juez encargado de hacer justicia en los juicios de Núremberg, dónde ella le respondía al Juez que no sabía lo que estaba ocurriendo en Alemania, y además en el caso de haberlo sabido que hubiera podido hacer .
La última explicación que obtengo de este capítulo es que el S. XX ha sido una era de asesinatos y terror por defender ideales puros. Por tanto la experiencia histórica nos demuestra que no deben existir ideales puros, ni debemos ser fanáticos de unas ideas universales, ya que estas no existen, siempre nacerán o se confrontarán nuestras ideas, nuestro ideario con el de otra persona. Por tanto debemos ser conscientes de que para mantener una perfecta convivencia todos los ideales deben respetar y ser respetados entre ellos. Sólo de esta forma evitaremos volver a repetir el funesto S. XX.
2. Emancipación: Revolución y utopía.
El autor nos sorprende en este capítulo con una reflexión que hemos oído centenares de veces: “La verdad vencerá”. Pero nos indica que al final esta frase será cambiada por: “lo que vence es lo verdadero”. Dándonos a entender que la historia la escriben los vencedores, y por tanto lo que nos parece cierto, tradicional o justo responde a unos orígenes que nada tiene que ver con la aproximación conceptual que podamos otorgar en la actualidad. Por tanto es posible que nuestros ideales en la actualidad, esos que tenemos interiorizados y que nos rigen en occidente, sean falsos frente a los que comparten otras culturas, sin embargo eso es lo que nuestros ideales han buscado siempre, poseer la razón y con ella el poder de convicción sobre los seres poseídos.
Pero uno de los problemas de nuestra sociedad actual, es que está muy influenciada por ideas maniqueas. Siempre se tiende a pensar en un bien y un mal absoluto, un blanco o un negro sin querer otorgarle a la paleta más colores que esos dos. Ahí es dónde se encuentra la radicalidad en el pensamiento, poseemos ideales absolutos y los concentramos en un lado del muro y al otro lado se encuentra otro muro que a su vez también posee ideales absolutos. Además de vez en cuando se enfrentan esos dos ideales con el fin de ver cuál de los dos vence, y por tanto es el cierto. Estas ideas están arraigadas en nuestra conciencia desde los albores de la humanidad, son ideas milenarias que han regido de siempre nuestra conciencia del mundo y nos han sido heredadas de la tradición de pensamiento judeocristiana.
En todos los lugares dónde convivan seres humanos habrá una ideología que gobierne el lugar, pero también puede surgir otra ideología o ideologías que vayan contra el poder establecido, entonces estaremos hablando de ideales revolucionarios. Estos son los que a través de una idea, intentan socavar con el statu quo y colocar otra ideología en la cúspide de la pirámide del poder, que al modo de entender revolucionario es más justo; y así será en función de que gane o pierda esa lucha con la ideología en el poder. Nacería por tanto un conflicto entre ideas, pero esas ideas por sí mismas no existen, sino es por la existencia de seres humanos en comunidad, por tanto son los seres humanos, y no las ideas en sí, los que se enfrentan, dando origen al conflicto social. Llegados a este punto, y enfrascado en esa lucha de ideas, es dónde debe aparecer la política. Pero la política como pacificadora de ese conflicto social. Aquí lo interesante es ver qué solución se da a cada conflicto social en referencia al tipo e intensidad de conflicto exista .
Claro que dentro de este conflicto social surge un problema que es si la política en cuestión de resoluciones del conflicto, debe o no debe ser ética. ¿Justifica el fin los medios con el único objetivo de procurar la paz? La respuesta no es fácil de obtener: porque si se respondiera que el fin justifica los medios, entonces por ejemplo, en un caso práctico, se vería justo el genocidio de Ruanda, ya que el conflicto concluiría con la matanza de todos los Tutsi por parte de los Hutus en la lucha por el poder, lo que se observa que es una aberración; pero si la respuesta fuera que el fin no justifica los medios entonces en el caso anterior la política internacional tendría que haber resuelto el conflicto antes de que esto ocurriera, o por lo menos haber intervenido antes evitando que 275.000 tutsis fueran aniquilados, podría haberse evitado el 25% de muertes en el conflicto.
Como se observa, la política lo único que puede lograr es minimizar el conflicto pero rara vez acaba con él. Por ello en algunas ocasiones nos encontramos con la siguiente paradoja: la ética sirve para que los seres humanos actúen de una manera particular, por tanto es constructora de almas; pero si mi ética choca con la de mi vecino entonces se generará una violencia que intentará que mi ética prevalezca sobre la del otro, y por tanto legitime que mis acciones éticas son las justas; pero al caer en esa lucha nos encontramos con una pérdida de ética, aunque los vencedores piensen que sus acciones son éticas por el mero hecho de haber ganado, en la lucha sempiterna del conflicto social, lucha que se gana temporalmente ya que la historia nos demuestra que el que hoy ganó (gobierna) mañana puede perder (ser gobernado por otro).
3. Autenticidad: Identidades, etnicidad y fundamentalismo
Una vez que una ideología ha alcanzado su meta, el poder para intentar transmitir a todos los demás su verdad universal, nos encontramos con que esa ideología debe dar autenticidad a sus acciones, debe legitimarse para justificar todas y cada una de sus obras, éticas o no, para que el resto de las personas vean lo cierta que es esa idea gobernante.
Para lograr autenticidad en una idea, es necesario un apoyo intelectual, grandes pensadores deberán dar una base más o menos científica a la acción de la ideología. Pero también existirán los que se opongan a esas ideas. Por ejemplo el autor nos habla de que han de existir lazos que unifiquen a todos los individuos de una nación, es decir, se buscaran conceptos como la religión, la raza, la historia, etc.…, para que la ideología sea única entre todos. Por tanto daría autenticidad a los que la practicaran. De esta forma nacerán ideas como: el nacionalismo radical (somos superior al resto porque nos avalan unas señas propias), el racismo fascista (nuestra raza es superior), la ferocidad identitaria (estamos en posesión de la verdad porque nuestra identidad nos hace superior), el fundamentalismo cristiano o musulmán (Somos el pueblo de Dios y por ello los elegidos).
Pero construir esas ideas, esos odios hacia otras razas, religiones, naciones,…, nace de pensadores que tienen que legitimar las acciones de los gobernantes. La mayoría de estas ideologías no están en el ser humano, sino que son artificio de este para lograr la supremacía del individuo. Por ello pueden existir pensadores que se opongan a esta forma de actuar. Por ejemplo el nazismo necesitó de muchos ideólogos que defendieran la supremacía de la raza Aria, que justificaran el exterminio de judíos, polacos, gitanos, etc. y que permitieran matanzas y exterminios, así como una era de terror controlada desde las SS y las SA. A la par que estos intelectuales se ocupaban de tomar el poder, existían otros que luchaban por que las otras ideas no fueran las verdades universales. Estos autores fueron importantes para resistir el indiscriminado ataque a la libertad que asolaba Europa durante la II guerra mundial. Creo de recibo nombrar algunos de ellos para que sus nombres figuren en la memoria de los que resistieron la tentación de que sus ideas fueran superiores a las del resto, entre ellos se destacan: Raymond Aron, Isaiah Berlin, Karl Popper, Norberto Bobbio, Jan Patocka, Theodor W. Adorno, Hannah Arendt y Theodor Eschenburg .
Gracias a autores como los anteriores, y a muchos más que se me quedan en el tintero, se logró no sólo que durante la II Guerra Mundial se conservara la idea de que todas las ideas sin supremacía exclusiva estaban admitidas y que después de acabar el conflicto militar-intelectual, se tuvieran como referente de construcción de una nueva concepción humanista, en las cuales la libertad de todos, en todo su ámbito, sobrepasaba a las ideas de unos cuantos intelectuales ansiosos de poder.
Sin embargo debemos ser conscientes de que en la actualidad aún somos conscientes de grupos religiosos que creen ser superiores, y autentifican su superioridad por ser el pueblo de Dios. Esta afirmación se les puede achacar desde a los fundamentalistas cristianos hasta a los fundamentalistas musulmanes, pasando por los fundamentalistas judíos (que el autor del libro parece obviar). Estos fundamentalistas religiosos son los que en la actualidad mantienen esas ideas de superioridad.
Los puritanos cristianos son capaces de cambiar leyes y de crear grandes movimientos de masificación para cambiar leyes que a su modo de entender consideran injustas, llámense ley del aborto, eutanasia, matrimonio homosexual, etc., intentan que su religión recaiga en la conciencia colectiva y encima castigar a los que van en contra de sus creencias. En el mundo musulmán la cosa no difiere demasiado, aunque más radicales, poseen mecanismos terroristas que lleven sus ideas a fuerza de fuego alrededor del mundo. Ellos con su cruzada particular quieren que todos crean en su Dios, sin importar cuánta sangre se derrame, incluso de sus propios creyentes, menos radicales. Por último se debe indicar la tercera en nombrarla, la primera históricamente, que es el judaísmo. Esta religión, aunque no está tratada en el libro, nos deja entrever que ellos son el pueblo de Dios, por ello no necesitan del resto de los mortales para llevar a cabo sus ideas. Un judío de los llamados ortodoxos, defendería con un racismo feroz, que su comida ha de ser coché, sus ropas especiales, sus oraciones continuas y su raza tan superior que se permitiría la ocupación de Palestina en pro de su sagrado estado de Israel.
Como vemos estos fundamentalismos religiosos poseen el interés de crear leyes y estados en los cuales ellos tengan la supremacía y el control total de sus habitantes, así como de sus posesiones. Desde el estado de Israel hasta el de Arabia Saudí, pasando por el Vaticano, todos crean un códice que les permite controlar en Derecho a sus fanáticos religiosos, además poseen mecanismos de control para que sus seguidores no se apartaran de la “verdadera fe”. Por tanto estaríamos hablando de lo que Rousseau llama el Derecho del más fuerte, ya que él afirma que el más fuerte deberá crear Derecho para que su poder sea siempre el mejor, el que permanezca intacto .
4. Democracia: Civilizar y globalizar.
Al hablar de la democracia, el autor comienza desde sus orígenes teóricos y acusa a los padres de racistas, es decir, comienza ilustrándonos que la democracia desde sus orígenes ya estaba corrompida de prejuicios hacia el resto. Esto es cierto, pero yo me he atrevido a hacer distinción entre dos tipos de autores dentro de este racismo: los que no conocían lo que criticaban y los que sí lo conocían. De esta forma nos encontramos con autores que creían que las demás razas diferente a la suya eran inferiores pero que jamás habían conocido a nadie de otra raza, por lo tanto sus creencias se basaban en documentos leídos e influencia de la opinión pública de la época, estos autores sería: David Hume o Inmanuel Kant, en el caso de los negros y tropicales, y James Mill en el caso de los Indios .
Después de estos vendrían los que sí conocieron y convivieron con otras razas, e incluso las ayudaron a independizarse, pero que no las admitían como iguales. Es el caso de los autores de la enciclopedia británica, los cuales habían convivido en las colonias con otras razas; Thomas Jefferson, gran defensor anti-esclavitud de los negros pero que a la vez es un gran crítico con los de esta raza; Hegel, critica la pereza de los indígenas sudamericanos los cuales han de ser esclavos por los europeos, que los trataran mejor que ellos mismos ; o John Stuart Mill, el cual cree que a otras razas no blanca no se le puede dar libertad. Pero se ha de abogar también por estos autores e indicar que ellos, aunque adelantados en sus filosofías, fueron esclavos de su tiempo.
De todas formas se debe señalar que estos autores pensaban, como ya se ha dicho por esclavitud a su época, que lo que decían era por el bien de las otras razas, ya que ellos buscaban una justificación humanitaria a las conquistas coloniales: “Vamos a civilizarlos”. De esta forma justificaban las acciones radicales que sus gobiernos realizaban en aquellos continentes que ocupaban y en aquella población autóctona que diezmaban. Lo que ocurrió que las ideas que estos autores tan iluminadamente sembraron en la época colonial, sirvió para que se diera lugar una I y II Guerra Mundial, la cual buscaba entre otras cosas, el control colonial. Dando lugar a los totalitarismos del S.XX.
Pero la idea de los intelectuales a la hora de llegar y conquistar el nuevo mundo era la de desposeer a los bárbaros de su condición de salvajes, ellos transmitían el don de humanidad a los conquistados. Cómo indica Sepúlveda, ellos son generosos a la hora de conquistar ya que las costumbres bárbaras son “contrarias al Derecho natural” y por tanto corresponde a ellos el darles un código que les permita subsistir a favor de la naturaleza y sus designios.
Lo mismo ocurrió en la conquista del oeste norteamericano. Los conquistadores llevaban desde la costa este de los Estados Unidos hasta la costa oeste un avance territorial, pero a la vez un triunfo de sus fronteras, ya que consideraban afortunados a los territorios indios que al ser destruidos entraban al amparo de la todo protectora democracia estadounidense. Para los americanos el extender su frontera de una costa a otra de Norteamérica suponía un avance territorial y político importantísimo, pero también lo consideraban un acto de civilización extremo que conseguía enseñar a los bárbaros la democracia y el progreso. Ellos creían en la necesidad moral de transmitir sus ideales a esos pueblos “subdesarrollados” de ahí que Jefferson apoyara el exterminio de esos pueblos que eran inferiores al americano. Él proponía transmitir la civilización con la paz pero si ellos levantaban el hacha de guerra serían exterminados .
Este pueblo americano se cree superior al resto por su progreso científico-cultural, pero se asemeja mucho su racismo al del antiguo pueblo israelita, ya que si se analiza con atención se puede observar que, pese a que es una sociedad laica, los discursos políticos poseen una fuerte carga religiosa. Pero se debe señalar que la mayoría de los textos que figuran en los discursos de Bush recogidos en este libro hacen referencia a textos del antiguo testamento, y por tanto son anteriores a la revelación (Jesucristo). Al ser anteriores nos asemejan a una sociedad más judaica que protestante, ya que estos últimos consideran más sagrados los textos del nuevo evangelio que del antiguo. Además la imagen que intentan transmitir es la del Dios furioso y celoso de su pueblo, cosa esta que Jesús transforma al hablar de Dios. Bush y la política americana nos habla de la venganza de Dios si no se cumplen sus designios (actitud poco cristiana, pero que sirve para acercar a las personas a ciertas decisiones) sin embargo Jesús nos habla de todo lo contrario: Dios es amor . Sin embargo prefieren hacer una interpretación de las Sagradas escrituras a favor del gobernante, de esta forma legitiman acciones que van contra la voluntad de Dios.
Llegados a este punto y para concluir con las reflexiones en materia de religión, me gustaría apuntar dos críticas al autor del libro: en primer lugar la utilización de textos del Corán para hacer la crítica del fundamentalismo cristiano , pudiendo utilizar las de la propia Biblia; y en segundo lugar la utilización durante toda su obra de la palabra Dios en minúscula, mientras que Iahvé ha sido utilizado siempre en mayúscula, siendo ambos sinónimos y haciendo referencia al mismo Ser.
5. Modernidad y democracia: Un ajuste de cuentas
En este capítulo cabe señalar el magnífico análisis que hace el autor al señalar la fuerza que tiene la burocracia como máquina de dominación. Como ya se señaló al principio de esta reflexión, el crear una maquinaria sirve para desposeer al individuo de responsabilidad y por tanto otorga a la política una acción completamente deshumanizada, permitiendo que técnicos se encarguen de realizar obras que puedan suponer la muerte o asesinato de personas sin que sean conscientes de ellos. De esto nos enseñaron mucho los ya comentados Nazis y comunistas de la URSS.
Es muy interesante a su vez, el estudio que realiza Rafael Del Águila al hablar de la razón en Max Weber, ya que termina dando por conclusión que el uso de la razón material y formal logra que se pierda paulatinamente la cultura . Además se observa que a más razón menos libertad , y eso se puede observar hoy en día en la sociedad. Como diría Agamben, refiriéndose a que un campo de concentración es “la matriz oculta, el nomos del espacio político en que vivimos todavía” .
6. Políticas de mesura.
Para concluir este libro no podía haber sido más acertado el autor, ya que nos enseña lo que todos teníamos en nuestra mente. Después de ver lo malo que tienen las ideologías, lo peligroso de seguir unos ideales y hacerlos universales, llevarlos al borde de nuestra vida, nos demuestra que la solución que nos evitaría tener que repetir los errores que han convertido el Siglo XX en el peor de la historia de los ideales es el de crear políticas de mesura. Es decir, resolver el conflicto social que nace de la confrontación de ideologías sería el de realizar políticas de mesura. Además estas decisiones se englobarían en una democracia como un principio de importancia máxima, otorgando a los gobernantes el paralizante de no deber realizar acciones que favorezcan una ideología en pro de dejar otra de lado, sino que deben buscar el punto justo, para que en sus acciones estén todas las ideas representadas y respetadas, por muy minoritaria que estas sean. Por tanto debemos ser democráticos y respetar para ser respetados y si todas las personas que conviven en un estado respetan que las ideologías de los demás estén en fraternidad con las suyas propias, sin pensar en cual es superior o intentar acabar con la contraria, podríamos decir, al contrario de Michael Mann, el ethnos no asesinó al demos, sino que el demos favoreció la existencia del ethnos y ambos aprendieron a sobrellevarse en nuestra sociedad. Pero hasta entonces todo es utopía.
Bibliografía utilizada:
• DAHRENDORF, Ralf: La libertad a prueba. Los intelectuales frente a la tentación totalitaria. Ed. Totta, 2009
• DEL ÁGUILA, Rafael: Crítica de las ideologías. El peligro de los ideales. Ed. Taurus, 2008
• ENCICLOPEDIA: “Gran Espasa Universal”, Ed. Espasa Calpe, 2008
• KUPERMAN, A.: "El genocidio de Ruanda, una reconsideración", Política Exterior, número 74, año 2000.
• MARTÍNEZ PUCHE, José A.: Evangelio 2010. Ed. Edibesa, 2009.
• ROCHER: manual de sociología. Ed. Ariel, 2001
• ROUSSEAU, Jean-Jacques: El contrato social. Ciencias y humanidades. Ed. Austral, 2007
Filmografía referenciada:
• KRAMER, Stanley: Vencedores o vencidos (También traducido como Los Juicios de Núremberg). EEUU, 1961
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